En 2002, la Fiscalía de la Audiencia Nacional (AN) acusa a los directores de Egin y Egunkaria de inducción al terrorismo por entrevistar a dos presuntos etarras. La AN decide mantenerles en libertad sin restricciones.
En el año 2003 y por orden del juez Juan del Olmo, se detuvó a diez responsables del diario Euskaldunon Egunkaria, entre ellos su director Martxelo Otamendi, por su presunta vinculación con ETA. Se ordenó la clausura de las sedes del periódico en Bilbao, Vitoria y Navarra. Mencionar que hacerle éso a un periódico de tirada diaria es arruinar a la empresa. La acusación la ejercían las asociaciones AVT y Dignidad y Justicia. El Ministerio Fiscal era parte, pero no formulaba acusación alguna. Éste, en sus conclusiones definitivas, solicitó la libre absolución de los procesados.
Siete años después sólo se mantenían cargos contra 5 de los 10 directivos iniciales. Pues bien:
La Audiencia Nacional absuelve a los cinco acusados del 'caso Egunkaria' siete años después del cierre del periódico.
La sentencia al completo (pdf de 33 hojas no especialmente farragosas).
Perlas:
No se ha acreditado que parte alguna del capital social u otros recursos fueran de procedencia ilícita.
Tampoco consta envío o desvío de fondos o activos de clase alguna desde la sociedad editora o el diario a la banda terrorista E.T.A.
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“Euskaldunon Egunkaria” no publicaba editoriales como expresión de una determinada forma de pensar de sus editores o de las personas que lo realizaban diariamente, sin que conste que haya defendido postulados de la banda terrorista E.T.A., recibido órdenes de ésta o que sus cuadros dirigentes, singularmente los procesados, fueran designados, estuvieran vinculados, colaboraran u obedecieran consignas de la citada banda.
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El cierre temporal de un medio de comunicación impreso de periodicidad diaria como medida cautelar es de difícil encaje en nuestro ordenamiento jurídico.
La suspensión provisional no tiene cobertura constitucional directa, pues en la Constitución solo se regula el secuestro como injerencia de los poderes públicos en la actividad de publicaciones y otros medios de información, medida que exige una resolución judicial motivada, protegiendo así los derechos relacionados con la libertad de expresión e información (art. 20.5 y 20.2 CE)y prohíbe todo tipo de censura previa. La Constitución legitima al legislador orgánico para suspender los derechos a la libertad de información y de expresión en los supuestos de estado de excepción o de sitio, como recoge su artículo 55.1 y la ley orgánica 4/1981, de 1 de junio, que desarrolla dicho artículo, autoriza en sus artículos 21 y 32.2 a “suspender todo tipo de publicaciones”. Pero la Carta Magna no contiene igual previsión para los casos de delincuencia terrorista (vid, artículo 55.2 CE).
... las acusaciones dan por supuesto que E.T.A. ha tenido que intervenir en la gestación, nacimiento y gestión del periódico en euskera Euskaldunon Egunkaria y, más allá de esto, que como la lengua vasca es un instrumento primordial para E.T.A. en su estrategia, y Egunkaria es el único diario íntegramente editado en lengua vasca, tuvo que nacer porque E.T.A. lo quiso, siendo sus gestores y cuadros directivos miembros o colaboradores de la banda terrorista. La estrecha y errónea visión según la cual todo lo que tenga que ver con el euskera y la cultura en esa lengua tiene que estar fomentado y/o controlado por E.T.A. conduce, en el proceso penal, a una errónea valoración de datos y hechos y a la inconsistencia de la imputación.
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En definitiva las acusaciones no han probado que los procesados tengan la más mínima relación con E.T.A., lo que por sí determina la absolución con todos los pronunciamientos favorables. Pero, más allá de esto, tampoco se ha acreditado ni directa ni indirectamente que el periódico Euskaldunon Egunkaria haya defendido los postulados de la banda terrorista, haya publicado un solo artículo a favor del terrorismo o de los terroristas ni que su línea editorial tuviese siquiera un sesgo político determinado, esto último, además, no sería delictivo. Por el contrario, incluso los miembros de la Guardia Civil que comparecieron como peritos reconocieron que no se había investigado si la línea del periódico era o no de apoyo a E.T.A., lo que hace incomprensible la imputación.
Siete años de juicio, muerte de un periódico,no sé cuantos trabajadores a la calle. Ole.
A ver si les indemnizan y a ver por cuánto.