a río revuelto ganancia de patanes

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PrimeroDerecha
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Re: a río revuelto ganancia de patanes

Mensaje por PrimeroDerecha »

No hay que tomarlo tan a pie de la letra. El libro que regula la actividad de los Sacerdotes que fueron una escisión de los Leviím a partir de Aharón, hermano de Moshé (ambos de la tribu mencionada), contiene más de 250 mitzvot -preceptos-, siendo el primero de ellos, el referido a los "Korbanot", que quiere decir, los Sacrificios quedeberían ser ofrecidos -tanto animales como vegetales- y las leyes que los regulan. Se trata de una forma poética, según las más recientes exégesis, de referir que Él se enoja ante la ostentación, y hace que los ayuntamientos pongan pegas para la concesión de licencias de primera ocupación, por un quítame allá unas terrazas.

Él ama a los gatos.
Como Narciso.
No todo va a ser follar

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JorgitoForeman
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Re: a río revuelto ganancia de patanes

Mensaje por JorgitoForeman »

PrimeroDerecha escribió:Las acciones de retroacción, que alcanzan a operaciones realizadas hasta los dos años anteriores a la declaración del concurso, se recogen también hoy en la LC, y son, a mi juicio, imprescindibles.


Cuando decía que la retroacción en la quiebra era sangrante, me refiero a la forma absoluta en la que estaba configurada. Es más, directamente digo que era inconstitucional por atentar, entre otros, contra los principios de seguridad jurídica y publicidad.

Dada la redacción originaria:

C.Comercio de 1885 escribió:Artículo 878. (Derrogado por Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal)

Declarada la quiebra, el quebrado quedará inhabilitado para la administración de sus bienes.

Todos sus actos de dominio y administración posteriores a la época a que se retrotraigan los efectos de la quiebra serán nulos.



Los actos que se retrotraen, decaen en su validez, son TODOS. Es decir, que si yo compraba una casa en el 2000 a un promotor, tras la correspondiente comprobación en el Registro Mercantil de su situación financiera, y en el Registro de la Propiedad de la liberación de cargas de la misma, podía encontrarme con que declarada la quiebra en el año 2002, esa compraventa era, sin recelo ni admisión de prueba en contrario, declarada fraudulenta y por ello se rescindía.

Ante esa situación, no sólo me privaban de la posesión material de la casa, sino que hasta que se resolviese la quiebra y el origen no fraudulento de la operación, el importe de lo que había pagado me sería retenido. Esta situación podía durar años... en el mejor de los casos. Si lo querías solucionar antes tenías que ponerte en manos de un muy buen abogado, y rezar a ponerle muchas velitas a la virgen

La retroacción en la quiebra claro que es una medida eficaz, cuando se configura para recuperar únicamente la masa detraída fraudulentamente del patrimonio del quebrado, que se había desprendido del mismo ante la inminencia de su inhabilitación. Pero cuando entraban los terceros inocentes y ajenos a la situación como en el ejemplo, y ellos también eran objeto de las penalidades del sistema, éste no podía sino calificarse de anacrónico (1885!!), injusto y chapucero.

Dices que ahora también hay retroacción con igual plazo (2 años), y claro que así es pero en unos términos para nada equiparables, puesto que se amplía la casuística y se dejan fuera los temidos términos absolutos:


Ley Consursal escribió:Artículo 71. Acciones de reintegración.

1. Declarado el concurso, serán rescindibles los actos perjudiciales para la masa activa realizados por el deudor dentro de los dos años anteriores a la fecha de la declaración, aunque no hubiere existido intención fraudulenta.

2. El perjuicio patrimonial se presume, sin admitir prueba en contrario, cuando se trate de actos de disposición a título gratuito, salvo las liberalidades de uso, y de pagos u otros actos de extinción de obligaciones cuyo vencimiento fuere posterior a la declaración del concurso.

3. Salvo prueba en contrario, el perjuicio patrimonial se presume cuando se trate de los siguientes actos:

1. Los dispositivos a título oneroso realizados a favor de alguna de las personas especialmente relacionadas con el concursado.
2. La constitución de garantías reales a favor de obligaciones preexistentes o de las nuevas contraídas en sustitución de aquéllas.
4. Cuando se trate de actos no comprendidos en los dos supuestos previstos en el apartado anterior, el perjuicio patrimonial deberá ser probado por quien ejercite la acción rescisoria.
5. En ningún caso podrán ser objeto de rescisión los actos ordinarios de la actividad profesional o empresarial del deudor realizados en condiciones normales, ni los actos comprendidos en el ámbito de leyes especiales reguladoras de los sistemas de pagos y compensación y liquidación de valores e instrumentos derivados.

6. El ejercicio de las acciones rescisorias no impedirá el de otras acciones de impugnación de actos del deudor que procedan conforme a Derecho, las cuales podrán ejercitarse ante el Juez del concurso, conforme a las normas de legitimación y procedimiento que para aquéllas contiene el artículo siguiente.



En un sentido similar, se venía manifestando gran parte de la doctrina y tertulianos de todo a 100.
Jubilao, lento y despasito me escribió:Claro que si me hubieras atacado por un flanco para tener acceso, y posteriormente rodeado con tus brazos permitiéndome vivir en tu barriga, ya habría sido el acabose.


Ven a mí y calienta tus muñones.

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6dedosgordosdelpie
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Re: a río revuelto ganancia de patanes

Mensaje por 6dedosgordosdelpie »

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-Esto, ¿tú sabes cuál es la diferencia entre un judío y una pizza?
-No, Cuál.
-QUE LAS PIZZAS NO GRITAN EN EL HORNO.
-¡Kia, kia, kia...!


Es todo lo que tengo que decir.
Joder de Dios.

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PrimeroDerecha
Imán
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Re: a río revuelto ganancia de patanes

Mensaje por PrimeroDerecha »

Hombre, hablando de la Ley Concursal, la verdad, queda un poco pobre.
Pero bien. En general, bien.
No todo va a ser follar

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¿Quien es este tipo?
Ulema
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Re: a río revuelto ganancia de patanes

Mensaje por ¿Quien es este tipo? »

dunker escribió:
PrimeroDerecha escribió:cada vez que hablas de la riqueza propia, Él mata a un gatito.


Magnífico. Ahora resulta que la muerte de gatitos también es imputable a los judíos. ¿Y aún te sorprende que se os persiga desde el inicio de los tiempos?


De los judios, o...

http://talavera.soy.es/2008/02/26/este-podria-ser-miembro-de-la-alcaldia/

Imagen
-Has hablado demasiado, judío...

Aunque últimamente a estos también se les persigue, principalmente sus iguales.
PHresoak kalera, amnistia osoa!

GAJO ASKATUAK

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Criadillas
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Re: a río revuelto ganancia de patanes

Mensaje por Criadillas »

http://www.elpais.com/articulo/espana/Saludo/cortesia/Rajoy/Rato/elpepuesp/20080530elpepunac_3/Tes

Marianico es bastante menos corto de lo que pensaba.

A ver si he hecho la lectura correcta:

Por un lado si la warrilla acepta pasa por el aro mariano, subiendo escalones de poder (de poder real, práctico) en la dirección del partido, pero siempre por debajo del que importa. Atada y amordazada en una posición que aparentemente es casi inmejorable.

Si no acepta se hará (más) patente y (aún más) público que no está con Mariano, por lo que mientras dure éste en la dirección se puede olvidar de rascar nada, y encima se arriesga a ser tildada de desagradecida, de poco comprometida, de traidora, separatista o lo que coño quieran llamarla.

Yo con "puta" me conformaba, pero en el pepe son así.

Gran movimiento para mí, que no tengo ni zorra de ajedrez.
Dunkis dijo:

Criadillas es un hombre triste de derechas, quién lo iba a decir.

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Montgomery
Mulá
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Re: a río revuelto ganancia de patanes

Mensaje por Montgomery »

Los partidarios de la Espe, Criadillas, te dirían que es todo lo contrario. Ten en cuenta que estos análisis es muy dificil hacerlos desde un punto de vista objetivo porque fundamentalmente lo que tienen los barones de cualquier partido para negociar son sacos de votos.

Y en la Comunidad de Madrid Esperanza Aguirre tiene más votantes (y más votos) que Mariano Rajoy. Así que no se yo quién ganaría el pulso. Aunque tambien es verdad que el factor Gallardón es vital en la ecuación.

Un saludo.

P.S.: Me vais a perdonar, pero poco a poco tengo que ir cogiendo el ritmo.
Una de cada tres cosas que digo es mentira.

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