¿La esclavitud del fin o el fin de la esclavitud?

Adoradores de Jiménez Losantos, seguidores de los estudios del C.I.S., Gafa-Pastas afiliados a Haro-Tecglen, histéricos carlistas...
Avatar de Usuario
Jack_Durden
Imán
Mensajes: 1560
Registrado: 27 Sep 2004 22:45
Ubicación: En la fortaleza de la barneytud

Mensaje por Jack_Durden »

Si realmente los curas quisiesen hijos les daria igual que la gente se casase o no. Lo que querian es que los rebaños de cabras no se dividiesen entre diferentes clanes.




El matrimonio es un baluarte contra las bajas pasiones, una ascesis a medias que permite el sostenimiento de la sociedad y minimiza su corrupción moral en este ámbito


como lo consigue? La gente follará menos si se casa? Ups, eso pasa, así que debe ser eso.


Jack_Durden escribió:

Hay alguna clausula exigiendo el nacimiento de hijos? Exige que los casados forniquen?



¿Acaso no mea la burra del Papa? Se presume. Es cierto que la sociedad anticonceptiva desvirtúa esa presunción, pero el legislador la sigue manteniendo en muchas partes del ordenamiento, ya que con ella se protege un fin útil para la generalidad. De ahí la profunda ignorancia jurídica de una reforma de tabula rasa.

Que se regulen aspectos sobre la convivencia no implica que se promuevan. El matrimonio, como cualquier contrato, establece unas condiciones que deben cumplir ambas partes en el momento que se den ciertas circunstancias. Si el fin real del matrimonio fuese el reproductivo, no seria valido hasta el momento en que se tiene descendencia. Por muy fertiles que sean los dos. Y pueden pasar años sin necesidad de tomar medidas anticonceptivas. Aparte que en las clausulas lo pondria bién clarito:
1. Las partes se comprometeran a tener descendecia entre ellos.
So sit back, relax, and watch our review!
In Soviet Union, review watches you!
Juan Carlos es un Latin King
La única razón para esperar un mes para follar es que ella tenga 17 años y 11 meses

irichc
moromielda
Mensajes: 178
Registrado: 07 Jul 2005 22:22

Mensaje por irichc »

Jack_Durden escribió:El matrimonio, como cualquier contrato, establece unas condiciones que deben cumplir ambas partes en el momento que se den ciertas circunstancias. Si el fin real del matrimonio fuese el reproductivo, no seria valido hasta el momento en que se tiene descendencia.


Eso es como decir que un contrato de compraventa no es válido hasta que no se paga el precio. Mentira: existen, en su caso, las arras previas a su perfección.

Avatar de Usuario
Jack_Durden
Imán
Mensajes: 1560
Registrado: 27 Sep 2004 22:45
Ubicación: En la fortaleza de la barneytud

Mensaje por Jack_Durden »

irichc escribió:
Jack_Durden escribió:El matrimonio, como cualquier contrato, establece unas condiciones que deben cumplir ambas partes en el momento que se den ciertas circunstancias. Si el fin real del matrimonio fuese el reproductivo, no seria valido hasta el momento en que se tiene descendencia.


Eso es como decir que un contrato de compraventa no es válido hasta que no se paga el precio. Mentira: existen, en su caso, las arras previas a su perfección.


Las Arras o Contrato de arras, es un contrato privado, donde las partes pactan la reserva de la compraventa de bienes, o inmuebles como una vivienda, entregándose como prueba una cantidad de dinero en concepto de señal. Forma parte de los denominados precontratos, dado que lo que se está contratando es la obligación de firmar un contrato (el de compraventa) en el futuro.


Tradicionalmente, las arras matrimonales son un conjunto de trece monedas que el novio entrega a la novia durante la ceremonia nupcial. El contenido simbólico responde a la compartición de los bienes materiales de la nueva sociedad, cuyo contrato se perfecciona tras la transacción.
De origen mozárabe en su configuración actual, establece doce partes (representadas por las monedas) para los meses del año y una para los pobres. No corresponden pues, en tanto que símbolo de destino común, ni a dote o a precio alguno por la novia.


sobre los esposales la wikipedia escribió:En tiempos del imperio (romano) bajo se empezaron a conocer las arras esponsalicias, que era un dinero o unos bienes que uno de los promitentes depositaba en manos del otro, como garantía de que cumpliría la promesa, perdiéndolas si incumplía o con derecho a reclamarlas, dobladas, si él era la víctima del incumplimiento.


Repito, si el fin del matrimonio fuese la reproducción, el que ambas partes no tuvieran hijos es como si el matrimonio no existiese (que es lo mismo que nulo), no?
So sit back, relax, and watch our review!
In Soviet Union, review watches you!
Juan Carlos es un Latin King
La única razón para esperar un mes para follar es que ella tenga 17 años y 11 meses

irichc
moromielda
Mensajes: 178
Registrado: 07 Jul 2005 22:22

Mensaje por irichc »

En la compraventa las arras demuestran que el contrato existe con anterioridad a su perfección, esto es, al pago del precio y a la entrega de la cosa. Las arras vendrían a ser la apariencia de buen derecho del comprador respecto a la cosa vendible, derecho que opondría al resto de compradores potenciales. Algo similar sucede con el matrimonio, que aunque no esté perfecto cuenta con las garantías suficientes para completarse en el futuro. Ahora bien, si no se completaran nunca, ambos contratos no serían nulos, sino anulables, ya que en ninguna parte se nos dice que su terminación deba sujetarse a un tiempo limitado.

Avatar de Usuario
Jack_Durden
Imán
Mensajes: 1560
Registrado: 27 Sep 2004 22:45
Ubicación: En la fortaleza de la barneytud

Mensaje por Jack_Durden »

Algo similar sucede con el matrimonio, que aunque no esté perfecto cuenta con las garantías suficientes para completarse en el futuro. Ahora bien, si no se completaran nunca, ambos contratos no serían nulos, sino anulables, ya que en ninguna parte se nos dice que su terminación deba sujetarse a un tiempo limitado.


Sí que tendria tiempo límitado, la menopausia de la mujer. O en su defecto, la confirmación de infertilidad de alguno de los conyuges.

Ahora la pregunta es si el ser esteril, o menopausica, es causa de anulabilidad.
So sit back, relax, and watch our review!
In Soviet Union, review watches you!
Juan Carlos es un Latin King
La única razón para esperar un mes para follar es que ella tenga 17 años y 11 meses

irichc
moromielda
Mensajes: 178
Registrado: 07 Jul 2005 22:22

Mensaje por irichc »

Jack_Durden escribió:Ahora la pregunta es si el ser esteril, o menopausica, es causa de anulabilidad.


Sí, en derecho matrimonial canónico. La dispensa de matrimonio rato y no consumado, en tanto que en el concepto de "cópula perfecta" se entiende incluida la especificación "apta para engendrar". Esto es así por regla general, pero no estoy seguro de si hay excepciones.

Leo en un artículo que, además, se necesita justa causa para solicitar la dispensa. Ejemplos:

1. Disociación de ánimos sin esperanza de reconciliación (aversión entre los cónyuges); 2. Temor de un probable escándalo futuro (incluidas las riñas entre la familia de los cónyuges); 3. Probable sospecha de impotencia; 4. Matrimonio civil de una de las partes; 5. Prueba semiplena de la falta de consentimiento o de otro impedimento dirimente; 6. Posibilidad de contraer una enfermedad contagiosa; 7. Periculum perversionis moralis; 8. Haber contraído matrimonio civil; 9. Petición de dispensa de ambos esposos.

Avatar de Usuario
Jack_Durden
Imán
Mensajes: 1560
Registrado: 27 Sep 2004 22:45
Ubicación: En la fortaleza de la barneytud

Mensaje por Jack_Durden »

Canon 1084 (Impotencia) escribió:§1. La impotencia antecedente y perpetua para realizar el acto conyugal, tanto por parte del hombre como de la mujer, ya absoluta ya relativa, hace nulo el matrimonio por su misma naturaleza.

§2.Si el impedimento de impotencia es dudoso, con duda de derecho o de hecho, no se debe impedir el matrimonio, ni mientras persista la duda, declararlo nulo.

§3. La esterilidad no prohíbe ni dirime (invalida) el matrimonio, sin menoscabo de lo que se prescribe en el Canon 1098.

El Canon 1098. “Quien contrae matrimonio engañado por dolo, provocado para obtener su consentimiento, acerca de una cualidad del otro contrayente, que por su naturaleza puede perturbar gravemente el consorcio de vida conyugal, contrae inválidamente.”

La negrita es mia
De la archidiocesis de chicago.

*Edito por si no queda claro mi argumento, una cosa es que pueda meter la polla y correrme y otra cosa bien distinta es que pueda tener hijos.

Aqui el resto de canones.
So sit back, relax, and watch our review!
In Soviet Union, review watches you!
Juan Carlos es un Latin King
La única razón para esperar un mes para follar es que ella tenga 17 años y 11 meses

irichc
moromielda
Mensajes: 178
Registrado: 07 Jul 2005 22:22

Mensaje por irichc »

Es exactamente lo que yo he dicho. El matrimonio no sería nulo, sino anulable con justa causa. Aunque es cierto que la fuente consultada por mí parece más restrictiva, ya que el tercer supuesto de petición de nulidad contempla la impotencia, pero se entiende que fuera impotencia desconocida por el cónyuge y que, por tanto, hubiera motivado un "error in persona".

¿Se admite, pues, el matrimonio entre estériles? Sí, pero como excepción, guardando la apariencia de viabilidad, como demuestran todas estas reglas en derecho canónico, y otras que son de aplicación en derecho civil común y que ya comenté en su momento. Tomar la regla como excepción es el sofisma más viejo del mundo, y el que con más alegría se ha empleado en el caso de los matrimonios homosexuales. La excepción pone límites a la regla; jamás la define. Pero es que los mariconios ni siquiera son excepcionales, ya que destruyen el presupuesto mismo de todo matrimonio, que es la unión entre hombre y mujer.

Avatar de Usuario
Urdu
Angela Chanin Izaguirre
Mensajes: 5447
Registrado: 14 Nov 2003 21:00

Mensaje por Urdu »

Qué tal todo, pasaba por aquí


Imagen

Avatar de Usuario
Jack_Durden
Imán
Mensajes: 1560
Registrado: 27 Sep 2004 22:45
Ubicación: En la fortaleza de la barneytud

Mensaje por Jack_Durden »

Es exactamente lo que yo he dicho. El matrimonio no sería nulo, sino anulable con justa causa. Aunque es cierto que la fuente consultada por mí parece más restrictiva, ya que el tercer supuesto de petición de nulidad contempla la impotencia, pero se entiende que fuera impotencia desconocida por el cónyuge y que, por tanto, hubiera motivado un "error in persona".


Ya te vale, hasta que un tribunal no diga que es nulo no es nulo, verdad? Pues no me vale esa explicación, un matrimonio si es anulable no es valido. Y cuando digo que es anulable, quiero decir que se han cumplidos las condiciones para su anulación. De hecho eso es precisamente lo que dicen los curas cuando lo conceden, que el matrimonio no se habia producido. Que no actuen de oficio para disolver matrimonios es otra cosa distinta. También es curioso que solo sean el marido y la mujer los unicos capaces de iniciar el proceso.
Sigues confundiendo impotencia con esterilidad, la impotencia es la incapacidad de empalmarse y correrse. La esterilidad es la incapacidad para concebir.
La disfunción eréctil, a veces llamada "impotencia," es la incapacidad repetida de lograr o mantener una erección lo suficientemente firme como para tener una relación sexual. La palabra "impotencia" también puede usarse para describir otros problemas que interfieren con la relación sexual y la reproducción, tales como la falta de deseo sexual y los problemas con la eyaculación o el orgasmo. El uso de las palabras disfunción eréctil deja en claro que esos otros problemas no están implicados.


La esterilidad es la incapacidad temporal o definitiva de la pareja para concebir después de un año de relaciones sexuales sin control anticonceptivo voluntario. Para incluir a una pareja en los protocolos de manejo de esterilidad, esta debe haber tenido una exposición adecuada al embarazo durante un año.
So sit back, relax, and watch our review!
In Soviet Union, review watches you!
Juan Carlos es un Latin King
La única razón para esperar un mes para follar es que ella tenga 17 años y 11 meses

Responder