Polina escribió: ↑12 Feb 2020 15:51
De todos modos, Chino, puedes cogerte lo que te queda de baja después de la de tu mujer, o tampoco?
Entiendo que haya casos en los que te juegas el puesto y que haya que apechugar si quieres mantenerlo o no meterte en asuntos de tipo legal en los que demandas a la empresa por despedirte por cogerte una baja a la que tienes derecho.
Pues es que la cosa es complicada. Me explico.
Hasta el 31 de diciembre, era autónomo, y cotizaba por la base mínima. Entonces, la baja de paternidad la disfruto en función de esa base de cotización. Es decir, que cobro unos 900 pavos al mes. He disfrutado 1 mes, y me quedarían 2 más a disfrutar durante el primer año.
PERO.
Resulta que a día 10 de Enero, he pasado a ser trabajador por cuenta ajena, y ahora cotizo por el total de mi sueldo. Entonces, independientemente de que a mi nueva empresa le haga putagracia que me pire 2 meses ahora recién entrado, no sé muy bien cómo se maneja esta situación. Porque claro, la baja no me la va a pagar la seguridad social con mi nueva base de cotización. Pero por otro lado, tampoco sigo siendo autónomo y ya no estoy en el RETA.
Total, que me quedaré como estoy, y a apechugar.