JorgitoForeman escribió:Hombre Tonetti, inconstitucional no es lo mires por donde lo mires. El estado de alarma uno puede discrepar si es excesivo, adecuado, suficiente, o feo de mirar. Pero el artículo 116 de nuestra Constitución se ha seguido escrupulosamente.
Escrupulosamente por los cojones, mismamente dice la constitución que el estado de alarma debe ser decretado por el consejo de ministro dando cuenta al congreso de los diputados reunido inmediatamente a tal efecto...
Cinco días no es precisamente 'inmediatamente', claro que también entiendo que si los controladores le había jodido el puente a munchos pobre españoles no se lo iban a joder tambien a sus señorías, HASTA AHÍ PODÍAMOS LLEGAR!!
JorgitoForeman escribió:Ahí sí pueden caber dudas e interpretaciones, porque mal que nos pese en el derecho hay muchos casos que no son blanco o negro sino que deben interpretarse y adaptar lo que arroja una norma a un caso ad hoc (de qué si no vivirían los probes avogados, ¿quieres matarlos de hambre acaso ácrata rojoso de mierda?). Esa ley, con casi treinta años, te digo yo y te aseguro que no me equivoco, que cualquier tribunal podría justificar su aplicación extensiva a casos no previstos en su literalidad, pero claramente aplicables a situaciones actuales. El colapso de servicios públicos esenciales, que sí menciona esa ley, sería un claro ejemplo y justificación por sí sola para declarar el estado de alarma.
La paralización de servicios públicos esenciales para la comunidad, (y habría que ver si el transporte aéreo lo es) no puede justificar por si solo la declaración del estado de alarma porque la propia consitución dice en ese punto :
c) Paralización de servicios públicos esenciales para la comunidad, cuando no se garantice lo dispuesto en los artículos 28.2 , y 37.2 de la Constitución (relativos al derecho a huelga), y concurra alguna de las demás circunstancia o situaciones contenidas en este artículo.
Es decir que se tiene que dar la paralización, que no se garantice lo dispuesto en los articulos citados y que concurra alguna de las otras cirtunstacias que son:
a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud.
b) Crisis sanitarias, tales como epidemias y situaciones de contaminación graves.
d) Situaciones de desabastecimiento de productos de primera necesidad.
Que muchos tribunales apoyarían la decisión del gobierno creo que es algo que está de más decirlo en parte porque pueden estar deacuerdo en que se ha cumplido la ley y en parte porque si no lo estuviesen igualmente apoyarían al gobierno porque esta más que demostrado que es lo que hacen en un 99% de las ocasiones cuando se trata de litigios importantes. Pero también muchos otros juristas están afirmando que la declaración del estado de alarma no se ajusta a lo que dice la Constitución aunque igual lo dicen porque de algo tienen que bibir los avogados.
http://www.cotizalia.com/en-exclusiva/estado-alerta-doblego-controladores-podria-inconstitucional-20101205-62044.htmlhttp://www.lapaginadefinitiva.com/aboix/?p=304JorgitoForeman escribió:Normal que IU patalee, que son sólo 2 y tienen que demostra que siguen vivos (ciertamente complicado cuando uno de elos es Llamazares), pero el resto no debe comprar argumentos tan falsos como interesados.
Así pues, si queremos argumentar que el estado es el opresor, el fascio nos coge por los huevos y los masones y la patronal están detrás de todo esto, pues mira, cualquier excusa es buena para hacer ruido y cagar tonterías por la boca. Pero si hablamos de una decisión excepcional tomada ante un caso excepcional, según nuestro ordenamiento, y que no sólo ha arreglado el problema puntual sino que a los únicos que jode es a los controladores, pues si queremos largar contra eso deberíamos argumentarlo un poco mejor.
Lo que toca ahora es no hacer un puto apaño y meter mano hasta el fondo para arreglar no sólo la manifestación del problema sino el puto cáncer que lo origina como es el statu quo alcanzado por los controladores, convenio mediante firmado por el PP y condsentido por el PSOE por cierto.
De toda la demás basura sobre IU y demás delirios que te sacas del sombrero poco tengo que decir, me suda la punta del pepino.
Cuando cago tonterías por la boca suelo haberme informado antes de lo que voy a cagar y creo que con la constitución en la mano es más que discutible la decisión del gobierno ya que creo que en ningún caso se han dado las circunstacias necesarias para la declaración de estado de alarma. Además el Capítulo Primero de las Disposiciones comunes a los tres estados (alarma, excepción y sitio) deja bien claro lo siguiente:
Artículo 1.
Uno. Procederá la declaración de los Estados de Alarma, Excepción o Sitio cuando circunstancias extraordinarias hiciesen imposible el mantenimiento de la normalidad mediante los poderes ordinarios de las autoridades competentes.
No creo que el hecho de que Pepiño Blanco sea subnormal quiera decir que no se puede mantener la normalidad mediante los poderes ordinarios de la autoridades competentes. Los Controladores han afirmado en todo momento que si el ministro aceptase sentarse con ellos a hablar los problemas podrían acabarse en un plis plas por lo tanto estaban reconociendo el poder de la autoridad competente para resolver el conflicto.
Me imagino que si se vuelve a repetir la situación de estos meses pasados en Metro de Madrid te pondrás de parte de la Comunidad y entenderás que la presidenta solicite al gobierno una posible militarización, al fin y al cabo son unos cuantos trabajadores con un statu quo firmado con la empresa y que estan paralizando un servicio público esencial.